1. FALTA DE VOLUNTAD DE DIÁLOGO
Los sucesivos gobiernos de la Generalitat han intentado siempre buscar soluciones dialogadas y pactadas, para garantizar el bienestar de los ciudadanos de Cataluña y satisfacer los deseos de una gran mayoría de la población catalana para decidir el futuro político del país.
El Gobierno de España ha «eliminado toda relación de diálogo» con las instituciones catalanas, con el largo proceso de negociación del Estatuto de autonomía de Cataluña, recortado por el TC; la petición del pacto fiscal de 2012, o la demanda constante de facilitar los mecanismos para hacer realidad el derecho a decidir del pueblo de Cataluña en el año 2014.
La Generalitat de Cataluña ha tomado sus decisiones de forma autónoma y sin tener en cuenta al Estado y el orden constitucional que a todos nos ampara. Renunció a la demanda de un pacto fiscal para plantear un referéndum de independencia. Por ello, decidió convocar una consulta alegal sin garantías jurídicas y democráticas, y contra el criterio del Gobierno, del Parlamento y del Tribunal Constitucional. Más aún, se están definiendo verdaderas estructuras de Estado en la Comunidad Autónoma y se apela a la posibilidad de una declaración unilateral de independencia que no tiene ninguna cabida en la Ley.
El Ejecutivo ha paralizado las relaciones bilaterales Estado-Generalitat, desde 2012 no se ha reunido ninguno de los órganos bilaterales previstos para desplegar el Estatut, ni se ha aprobado ni ampliado ningún traspaso, a pesar de las reiteradas demandas de la Generalitat.
Al inicio de la presente Legislatura se programó una reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Generalitat-Estado cuya celebración estaba prevista para el 30 de julio de 2012. Sin embargo, y a iniciativa de la Generalitat, su celebración quedó pospuesta, sin que la Generalitat haya retomado desde entonces la iniciativa para su celebración.
El Gobierno mantiene su voluntad de impulsar con la Generalitat de Cataluña los mecanismos de cooperación bilateral y proceder a la convocatoria de esta Comisión, siempre dentro del marco legal establecido, y en la medida en que la naturaleza de los asuntos y la disponibilidad presupuestaria así lo permitan.
Los traspasos de funciones y servicios son el resultado de la confluencia de dos voluntades, la estatal y la autonómica, respetando en todo caso el régimen de distribución de competencias diseñado por el bloque de constitucionalidad y de conformidad con la jurisprudencia constitucional. Si los traspasos están paralizados es por diversos motivos que no son imputables a la voluntad del Gobierno:
• Ausencia de título competencial por parte de Cataluña (autorizaciones de laboratorios farmacéuticos y de empresas fabricantes de productos sanitarios y de cosméticos, formación sanitaria especializada, y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).
• Discrepancias surgidas en el alcance de las funciones a traspasar (becas y ayudas al estudio) o en la valoración del coste efectivo del traspaso
(reclamaciones económico-administrativas).
• Imposibilidad de traspaso de medios por requerirlos el Estado para el desarrollo de sus propias competencias (salvamento marítimo, Registro Civil de Barcelona e Instituto Nacional de Toxicología).
Más allá de estos instrumentos, la voluntad de diálogo del Gobierno con la Generalitat de Cataluña se manifiesta en otros mecanismos de colaboración como los convenios celebrados, los acuerdos alcanzados en el seno del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la LOTC (7) o los convenios celebrados, destacando la suscripción durante la presente legislatura de más de 100 Convenios de Colaboración entre el Estado y la Generalitat de Cataluña. Sigue leyendo →